189 | EVENTOS | 13 de septiembre de 2006

Premio de Teatro "Tirso de Molina" - XXXIII edición

La Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) convoca a la XXXIII edición del Premio de Teatro "Tirso de Molina" con el objetivo de incentivar la creación teatral iberoamericana y fortalecer la cooperación cultural en el terreno teatral.

Podrán presentarse autores mayores de edad, de nacionalidad española o de cualquiera de los países iberoamericanos de habla española —siempre que no hayan obtenido anteriormente este galardón—, con cuantas obras deseen, escritas en lengua castellana, siempre que sean inéditas, no hayan sido estrenadas en régimen comercial ni hayan recibido otro premio o accésit, ya sea con anterioridad a la presentación, durante el proceso de selección o hasta el momento del fallo.

El premio está dotado con la cantidad de 18.000 euros y el plazo de admisión de originales finalizará el 15 de octubre de 2006.

Bases

Primera. Objeto del premio

El objeto de este premio es estimular la labor de creación de los autores dramáticos españoles o nacionales de países iberoamericanos y fortalecer la cooperación cultural en el terreno teatral.

Segunda. Dotación del premio

El premio está dotado con la cantidad de 18.000 euros (dieciocho mil euros), que se abonarán con cargo a la dotación habilitada para este fin en la aplicación presupuestaria 12-103-143A, capítulo IV del Presupuesto de la AECI. Podrá otorgarse un diploma acreditativo a las obras finalistas.

Tercera. Candidatos

Podrá presentarse como candidata al premio cualquier persona física, mayor de edad, de nacionalidad española o nacional de cualquiera de los países iberoamericanos de habla española, siempre que no haya obtenido anteriormente este galardón. No podrán concursar las personas que mantengan cualquier relación de servicios con la Agencia Española de Cooperación Internacional.

Los autores podrán participar con cuantas obras deseen, escritas en lengua castellana, siempre que sean inéditas, no hayan sido estrenadas en régimen comercial ni hayan recibido otro premio o accésit, ya sea con anterioridad a la presentación, durante el proceso de selección o hasta el momento del fallo.

No se admitirán a concurso obras que sean traducciones, adaptaciones o refundiciones de otros textos literarios, sean o no dramáticos.

La duración de las obras será la normal en un espectáculo dramático completo, entendido en un sentido amplio.

La falta de alguno de los requisitos exigidos determinará la exclusión de la obra y que no se tome en consideración a los efectos de la concesión del premio o, en su caso, que quede sin efecto la concesión que hubiere tenido lugar, si el conocimiento de aquel extremo se produce con posterioridad.

Cuarta. Presentación de trabajos y documentación

4.1 Trabajos.–Los autores presentarán cinco ejemplares de cada obra, que llevarán solamente título y lema o seudónimo, sin firma. Acompañará a tales ejemplares un sobre cerrado (plica), en cuyo exterior figurarán el título de la obra y el lema o seudónimo; en el interior de la plica se incluirán una fotocopia de un documento oficial de identidad que como tal le acredite (pasaporte, D.N.I., tarjeta de residencia…), un breve currículum vitae y una nota que incluya el título de la obra, el nombre y apellidos del interesado, así como su lugar y fecha de nacimiento, teléfonos de contacto, correo electrónico y dirección postal.

4.2 Documentación:

4.2.1 Los originales de las obras podrán presentarse:

En el Registro General de la Agencia Española de Cooperación Internacional (avenida de los Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid) y en los Registros de sus Unidades en el exterior (Oficinas Técnicas de Cooperación, Centros Culturales y Centros de Formación).

En las representaciones diplomáticas o consulares españolas en el extranjero.

Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, entre los que se encuentra el envío a través de las oficinas de Correos, que habrá de dirigirse al ya mencionado Registro de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

Se tendrá en cuenta, en todo caso, el sello con la fecha de entrada en los correspondientes Registros o en las oficinas de Correos para establecer la aceptación de las obras y su entrada a concurso.

4.2.2 El sobre conteniendo los trabajos y la documentación que los acompañe deberá reflejar en su exterior una leyenda que indique: Premio «Tirso de Molina» 2006.

Quinta. Plazo de presentación

El plazo de admisión de originales comenzará a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y finalizará el 15 de octubre de 2006.

Sexta. Instrucción del procedimiento

a) El procedimiento de concesión del premio se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo previsto en los artículos 22 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) El órgano competente para la instrucción y ordenación del procedimiento será la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas.

Séptima. Jurado y criterios de valoración

7.1 En el procedimiento de concesión del premio intervendrá un jurado, el cual quedará sometido en su funcionamiento a lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los miembros del Jurado tendrán derecho a percibir las gratificaciones correspondientes por sus trabajos de asesoramiento y, en su caso, los gastos de locomoción y alojamiento en que pudieran incurrir para el desarrollo de dichos trabajos.

7.2 El jurado estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El Director General de Relaciones Culturales y Científicas, quien actuará como órgano instructor.

Vicepresidenta: La Subdirectora General de Cooperación y Promoción Cultural Exterior.

Vocales: Cinco expertos de reconocido prestigio teatral, designados por la Presidenta de la AECI y Secretaria de Estado para la Cooperación Internacional del MAEC, a propuesta del Director General de Relaciones Culturales y Científicas.

Secretario: Un funcionario de carrera destinado en la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, que será designado del mismo modo que los vocales y que actuará con voz, pero sin voto.

La composición efectiva del Jurado se publicará en el Boletín Oficial del Estado con anterioridad al fallo del premio.

7.3 En su funcionamiento, el jurado se atendrá a lo siguiente:

a) Las deliberaciones del jurado serán secretas.

b) En el momento de las votaciones, solamente se tendrán en cuenta los votos emitidos por los miembros presentes, no admitiéndose la delegación de voto. El jurado decidirá en sus deliberaciones por mayoría simple.

c) Para la adjudicación del premio se valorarán especialmente la calidad literaria del texto, la originalidad e inventiva del desarrollo dramático de la obra y las posibilidades técnicas de su puesta en escena.

d) El jurado podrá proponer hasta un máximo de dos obras ganadoras ex aequo, que compartirán el premio, así como declarar como finalistas a aquellas obras que por su mérito o calidad lo merezcan. Igualmente, el jurado podrá proponer que se declare desierto el premio cuando a su juicio ninguna las obras presentadas reúna la calidad adecuada para su obtención.

Octava. Resolución

a) La propuesta de resolución la efectuará el Director General de Relaciones Culturales y Científicas, incorporando a la misma el contenido de la evaluación realizada por el jurado.

b) El órgano competente para dictar la resolución definitiva del procedimiento es la Presidenta de la AECI. La Resolución que adjudique el premio se notificará a los premiados mediante correo certificado con acuse de recibo, aparecerá en la página web de la AECI ( www.aeci.es) y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

c) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El procedimiento podrá suspenderse, por un máximo de tres meses, durante el tiempo que medie entre la petición del informe del Jurado y la recepción de su fallo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 42.5.c) de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Novena. Compatibilidad del premio

Este premio será compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos internacionales que BOE núm. 200 Martes 22 agosto 2006 30919 pudiesen serle otorgados al beneficiario después de la concesión del presente galardón.

Décima. Recuperación de originales

Los autores que deseen recuperar los originales presentados habrán de recogerlos personalmente en la Subdirección General de Cooperación y Promoción Cultural Exterior de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (avenida de los Reyes Católicos 4, 28040 Madrid). Los originales no recogidos serán destruidos una vez transcurran 60 días desde la publicación del fallo en el Boletín Oficial del Estado.

Undécima. Incidencias

Cualquier incidencia no prevista en esta convocatoria será resuelta por el órgano instructor.

Duodécima. Aceptación de las bases

El hecho de concursar supone la plena aceptación de estas bases.

Decimotercera. Recursos

La Resolución por la que se hará pública la concesión del premio pone fin a la vía administrativa, según lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Contra ella se podrá interponer recurso de reposición potestativo ante la Presidencia de la AECI en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos según lo establecido conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, y a la Ley 30/1992, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Decimocuarta. Entrada en vigor de la presente Resolución

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el

Boletín Oficial del Estado.

Para mayor información dirigirse a:

Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI)
Avenida de los Reyes Católicos, 4
28040 Madrid
España
Tel: (34) 91 583 81 00 / 01 / 02
Fax: (34) 91 583 83 10 / 11 / 13
Web: www.aeci.es


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